Tema 24: El Código de ética de la Policía de Cataluña
Parece un tema menor y tiene una consecuencia directa en tu proceso: las bases fijan que un tatuaje con contenido contrario a este Código de ética comporta la exclusión de la convocatoria.
Última actualización: 8 de agosto de 2026
Datos clave
| Número | Tema 24 de 38 |
|---|---|
| Bloque | Seguridad pública y deontología |
| Fuente | Anexo II de las bases |
| Peso en la prueba | Primera prueba, parte de temario |
El tema 24 es uno de los 38 del programa oficial que figura en el anexo II de las bases. Se encuadra en lo que hemos agrupado como seguridad pública y deontología, que comprende los temas 20 a 24.
Qué entra en este tema
Acuerdo GOV/25/2015, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Código de ética de la Policía de Cataluña.
Este es el enunciado oficial del tema 24, y es todo lo que dicen las bases. Lo que no dicen —y es lo que decide el resultado— es qué conceptos se preguntan de verdad y dónde están las trampas.
Lo que hay que dominar
- Los principios y valores que estructuran el Código: legalidad, integridad, proporcionalidad.
- Las normas de conducta en la relación con la ciudadanía.
- El uso de la fuerza y el principio de proporcionalidad.
- El Comité de Ética de la Policía de Cataluña.
- La relación entre el Código y el régimen disciplinario.
Trabaja siempre con el texto consolidado vigente, no con la reproducción de un manual. En «el código de ética de la policía de cataluña» ese matiz decide respuestas: una redacción anterior puede dar por buena una alternativa que hoy es incorrecta.
Las trampas frecuentes
- Tratar el Código como una declaración sin efectos: tiene consecuencias concretas.
- Confundir las normas deontológicas con los tipos disciplinarios, aunque se relacionen.
- Olvidar el vínculo con los tatuajes, que en las pruebas médicas pueden excluir si su contenido es contrario a este Código.
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasEstas confusiones no son casuales: son el material con el que se construyen los distractores del tema 24. Con cuatro alternativas y una sola correcta, basta con que dos conceptos próximos se parezcan para que la pregunta discrimine.
Cómo se pregunta en el examen
Es un tema corto y se pregunta de manera literal: quién aprueba el Código, con qué forma y qué fecha, cómo se ordena y qué órgano hay detrás.
La trampa dominante es de fechas y de normas, porque aquí hay tres y las tres se citan mal. El Comité de Ética de la Policía de Cataluña se creó por un decreto de 2007; el reglamento de organización y funcionamiento del Comité es un decreto de 2013; y el Código de ética lo aprueba el Gobierno por el Acuerdo GOV/25/2015, de 24 de febrero, que es el que cita el enunciado oficial del tema. A un distractor le basta con intercambiar dos de esas tres fechas.
La segunda trampa es de planos y es más fina: la Ley 16/1991, en el tema 21, prevé que las corporaciones locales puedan incluir en el reglamento de su policía local un comité de ética policial nombrado por el alcalde. Es un órgano municipal y potestativo, y no es el Comité de Ética de la Policía de Cataluña. Y la tercera trampa es de naturaleza: el Código se presenta como una herramienta orientadora, no como un catálogo de faltas; el régimen disciplinario está en la Ley 16/1991.
Los datos que caen literalmente
De esta página no cuelga ninguna numeración de los apartados del Código. El motivo es honesto: el texto oficial no se ha podido leer en la fuente desde aquí, y las reproducciones que circulan no coinciden entre ellas en la forma de numerarlos. Lo que sí se puede fijar es qué norma hace cada cosa y cómo se ordena el documento.
| Dato | Dónde está | Por qué cae |
|---|---|---|
| Aprobación del Código de ética de la Policía de Cataluña por acuerdo del Gobierno | Acuerdo GOV/25/2015, de 24 de febrero | Es el enunciado oficial del tema |
| Creación del Comité de Ética de la Policía de Cataluña | Decreto de 2007 | Se confunde con la fecha del Código |
| Reglamento de organización y funcionamiento del Comité | Decreto de 2013 | Tercera fecha del juego |
| Comité de ética policial municipal, potestativo, nombrado por el alcalde | Ley 16/1991, disposición adicional sexta | Órgano distinto, del tema 21 |
| Ordenación del Código: principios, valores y competencias; la profesión al servicio de las personas; principios rectores de los cuerpos; ámbitos de actuación; policía y Administración de justicia; gestión de la información; epílogo | Texto del Acuerdo | El esqueleto que permite situar cualquier enunciado |
| Naturaleza orientadora del Código | Texto del Acuerdo | Distractor: no es un catálogo de sanciones |
| Régimen disciplinario de las policías locales | Ley 16/1991 | Donde sí hay consecuencias |
| Código de conducta de los empleados públicos | Estatuto básico del empleado público, tema 6 | Capa paralela que se mezcla con esta |
| Tatuajes con contenido contrario al Código: exclusión | Bases de la convocatoria | La consecuencia directa sobre tu proceso |
La tabla deja ver por qué se falla este tema: no por desconocimiento del contenido ético, que es intuitivo, sino por desorden entre cuatro normas y tres fechas.
Cómo estudiarlo
- Parte del enunciado oficial del anexo II y localiza la norma que lo desarrolla.
- Léela una vez sin subrayar, para tener el mapa.
- Construye un esquema propio con clasificaciones, plazos, órganos y competencias.
- Cierra el material y escribe lo que recuerdes. Comprueba.
- Haz un test específico de este tema y registra los errores.
- Vuelve en dos días, en una semana y en tres.
La frontera con los temas vecinos
Con el tema 6 la frontera es de destinatario: el código de conducta del Estatuto básico del empleado público se aplica a todo el personal al servicio de las administraciones, y este Código es específico de los cuerpos policiales de Cataluña. La entradilla del tema 6 ya anuncia esa conexión. Con el tema 21 la frontera es de consecuencia: los deberes se enuncian aquí y se hacen exigibles allí, por el régimen disciplinario. Y con el tema 20 hay un solapamiento de contenido, porque los principios básicos de actuación del artículo 5 de la ley estatal recorren todo el Código.
La consecuencia para el orden de estudio es que este tema cierra el bloque y no lo abre: leído después del 20 y del 21, cada compromiso del Código se reconoce como el desarrollo de un principio que ya se ha visto; leído el primero, parece una declaración de intenciones y no se retiene nada. Y una advertencia: no lo estudies como preparación de la sexta prueba. Es una norma del temario como las demás. El mapa completo está en el temario.
Cómo saber si lo dominas
Comprobación: responde cuatro preguntas seguidas diciendo la norma y el año de cada una. Quién creó el Comité de Ética de la Policía de Cataluña. Quién aprobó su reglamento de funcionamiento. Quién aprobó el Código. Y dónde está el régimen disciplinario que puede sancionarte. Si dudas en una, dudarás en el examen, porque es exactamente así como se pregunta.
El error de método de este tema es leerlo una vez y darlo por hecho porque «es de sentido común». El contenido lo es; las preguntas no. Se preguntan fechas, órganos, estructura y naturaleza jurídica, y ninguna de esas cuatro cosas se adivina. Repásalo con tandas cortas que mezclen el 24 con el 21 y el 6 en los tests.
Su lugar en el temario
El temario tiene 38 temas y el 24 ocupa la posición 24. Su bloque, seguridad pública y deontología, comprende los temas 20 a 24, y conviene abordarlo con visión de conjunto antes de entrar tema a tema. La estructura completa está en el temario.
Preguntas frecuentes
¿Qué entra en el tema 24 de la Guardia Urbana?
Acuerdo GOV/25/2015, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Código de ética de la Policía de Cataluña. Corresponde al anexo II de las bases de la convocatoria.
¿Cuánto pesa el temario en el examen?
La primera prueba combina preguntas del temario del anexo II con cultura general y actualidad, y la parte de temario es la mayor de las tres. Las bases fijan su composición, pero no publican ningún reparto tema a tema, y por eso esta página no da ninguno.
¿El Código de ética tiene consecuencias disciplinarias?
El Código se presenta como una herramienta orientadora de la conducta profesional, y el régimen disciplinario de las policías locales está en la Ley 16/1991, que es el tema 21. Ahora bien, en este proceso selectivo sí tiene una consecuencia concreta y escrita: las bases establecen que un tatuaje con contenido contrario al Código de ética comporta la exclusión de la convocatoria.
Contenido relacionado
Fuentes oficiales
- Ayuntamiento de Barcelona — Procesos selectivos, Guardia Urbana
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona — convocatoria GUB 2025
- Instituto de Seguridad Pública de Cataluña
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasGUBTest es una herramienta independiente de preparación y no está vinculada ni avalada por la Guardia Urbana de Barcelona, por el Ayuntamiento de Barcelona ni por ningún organismo oficial. La información vinculante es siempre la publicada en las bases de la convocatoria.