El curso y las prácticas

Aprobar la oposición no es el final: quedan dos fases más, y ambas eliminan.

Última actualización: 8 de agosto de 2026

Datos de la última convocatoria publicada. Corresponden a la convocatoria GUB 2025 del Ayuntamiento de Barcelona, que sigue en fase final. No hay convocatoria de 2026 publicada. Verifica siempre las bases vigentes.

Datos clave

Fases posteriores2
CursoEscuela de Policía de Cataluña (ISPC)
Prácticas12 meses
CalificaciónApto / No apto
RetribuciónSí, desde el curso

El proceso selectivo tiene tres fases, y la oposición es solo la primera. Después vienen el curso de formación y las prácticas selectivas, ambas obligatorias y eliminatorias.

La fase de formación

Consiste en superar el curso de Formación Básica de Policía que organiza la Escuela de Policía de Cataluña del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. Quien lo haya superado con anterioridad queda exento.

Durante el curso se percibe la retribución básica del subgrupo C1 y se está de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Quien ya sea empleado/a de una administración pública puede optar por mantener las retribuciones de su puesto de origen.

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La fase de prácticas

Quien aprueba el curso pasa a un periodo de prácticas profesionales de doce meses en las unidades operativas de la Guardia Urbana que se le asignen. El destino se determina por el orden de prelación que resulta de sumar la nota de la oposición y la del curso.

La evaluación se desarrolla en dos periodos y dos turnos de trabajo diferentes, con una persona tutora en cada caso. Se valoran las mismas competencias de la entrevista más la capacidad técnica, desglosada en policía administrativa, seguridad ciudadana, policía de tráfico y policía asistencial.

Las prácticas también eliminan. La calificación final es de apto o no apto, y quien obtenga un no apto queda excluido del proceso y pierde el derecho a ser nombrado funcionario de carrera, después de haber superado siete pruebas y un curso entero.

Las interrupciones

El periodo se ve temporalmente interrumpido por bajas por incapacidad temporal, permisos de maternidad o paternidad y otros permisos autorizados superiores a siete días naturales continuados o quince acumulados. El periodo mínimo de trabajo efectivo debe completarse antes de que el Tribunal emita la calificación.

El nombramiento

Superadas las prácticas, la alcaldía nombra funcionario/a de carrera en la categoría de agente, y la resolución se publica en la Gaceta Municipal. Desde el día siguiente hay un mes para hacer el juramento o promesa y tomar posesión.

En ese momento hay que firmar una declaración jurada de mantener actualizados los permisos de conducir mientras dure la relación laboral. La falta de juramento o de toma de posesión comporta la pérdida de todos los derechos.

Exención y exclusión

Las bases resuelven esta fase con tres frases cortas y las tres tienen consecuencias. La primera: el curso es el curso de Formación Básica de Policía que organiza la Escuela de Policía de Cataluña. La segunda: quedan exentas de hacerlo las personas aspirantes que lo hayan superado con anterioridad. La tercera: quien no lo supere queda excluido del proceso selectivo.

La exención explica por qué en esta oposición concurren perfiles muy distintos. Quien ya ha pasado por el curso básico —por ejemplo, porque ha sido agente en otro cuerpo policial de Cataluña— no debe repetirlo, de modo que llega al final del proceso con un tramo menos.

La exclusión tiene el efecto contrario y es la que conviene tener presente antes de empezar: la fase de formación no es un trámite posterior al aprobado, sino un filtro más. Tampoco hace falta esperar a su final para quedarse fuera, porque se puede ser excluido antes de terminarlo si no se superan los módulos obligatorios.

Cómo se cobra durante el curso y las prácticas

Ambas fases son retribuidas y el nombramiento es como personal funcionario en prácticas, no como personal en formación sin vínculo. El régimen, sin embargo, no es el mismo en una fase y en otra, y la diferencia es relevante.

FaseQué establecen las bases
Curso de formaciónSe perciben las retribuciones básicas del subgrupo C1, con alta en el Régimen General de la Seguridad Social
Periodo de prácticasSe perciben las retribuciones básicas y las complementarias establecidas para los agentes de la Guardia Urbana de Barcelona

Durante el curso la referencia es el subgrupo de clasificación; durante las prácticas, la retribución de los agentes del cuerpo, complementos incluidos. Quien ya sea empleado público puede optar por mantener las retribuciones de su puesto de origen.

Lo que las bases no contienen es ningún importe. Remiten al subgrupo C1 y a las retribuciones de los agentes, que se fijan en tablas retributivas que se publican aparte y cambian de un año a otro.

Lo que consta en las bases y lo que no

Esta es la tabla que debería encabezar cualquier página sobre el curso, porque buena parte de lo que circula pertenece a la columna de la derecha.

DatoSituación
Nombre del curso: Formación Básica de PolicíaConsta en las bases
Organismo: Escuela de Policía de Cataluña, ISPCConsta en las bases
Exención de quien ya lo haya superadoConsta en las bases
Exclusión de quien no lo supereConsta en las bases
Duración de las prácticas: 12 mesesConsta en las bases
Retribuciones básicas del subgrupo C1 durante el cursoConsta en las bases, sin importe
Duración del curso en meses o en horasNo consta
Cualquier cuantía en eurosNo consta

Por qué no publicamos la duración del curso

Porque no hemos podido verificarla en ninguna fuente oficial accesible. Las bases describen el curso, la exención y la exclusión, pero no cifran su duración ni en meses ni en horas lectivas, y la información publicada por el ISPC no ha sido consultable al hacer esta revisión.

Circulan cifras concretas en varios sitios. Pueden ser correctas, pero no hemos podido contrastarlas contra ningún documento oficial vigente, y aquí una cifra sin fuente es peor que ninguna cifra: quien planifica una excedencia, una baja laboral o una mudanza a partir de un número inventado toma una decisión real con información falsa.

Lo que sí está cifrado es el periodo de prácticas: 12 meses. Es la única duración que aparece en las bases para estas dos fases. Si alguien te da la duración del curso, pregúntale dónde lo dice.

El mismo criterio vale para los importes. No publicamos ninguna cuantía al mes ni al año para el curso ni para las prácticas, porque las bases no dan ninguna: remiten al subgrupo C1 y a la retribución de los agentes, y quien quiera la cifra exacta debe acudir a las tablas retributivas vigentes.

Cuánto dura todo

Sumando la fase de oposición, el curso y los doce meses de prácticas, entre la publicación de las bases y el nombramiento definitivo pasan varios años. Es una duración que conviene conocer antes de empezar, porque condiciona decisiones laborales y personales.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa después de aprobar la oposición de la Guardia Urbana?

Hay que superar el curso de Formación Básica de Policía en la Escuela de Policía de Cataluña y, después, un periodo de prácticas de doce meses en las unidades operativas de la Guardia Urbana.

¿Cuánto duran las prácticas?

Doce meses, con evaluación en dos periodos y dos turnos de trabajo diferentes, cada uno con una persona tutora.

¿Se cobra durante el curso?

Sí. Durante el curso selectivo se perciben las retribuciones básicas del subgrupo C1 y se está de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

¿Cuánto dura el curso del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña?

Las bases de la convocatoria de referencia no cifran su duración, ni en meses ni en horas, y no hemos podido verificarla en ninguna otra fuente oficial accesible. La única duración que consta para estas fases es la de las prácticas: 12 meses.

¿Quién queda exento de hacer el curso?

Las personas aspirantes que lo hayan superado con anterioridad. Quien no lo supere, en cambio, queda excluido del proceso selectivo, y también puede quedarse fuera antes de terminarlo por no superar los módulos obligatorios.

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Fuentes oficiales

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