Tema 18: Ordenanza de protección y tenencia de animales
Es una de las intervenciones más frecuentes en la práctica de la policía local, y una de las que más quejas vecinales genera.
Última actualización: 8 de agosto de 2026
Datos clave
| Número | Tema 18 de 38 |
|---|---|
| Bloque | Ordenanzas municipales |
| Fuente | Anexo II de las bases |
| Peso en la prueba | Primera prueba, parte de temario |
El tema 18 es uno de los 38 del programa oficial que figura en el anexo II de las bases. Se encuadra en lo que hemos agrupado como ordenanzas municipales, que comprende los temas 13 a 19.
Qué entra en este tema
Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales.
Este es el enunciado oficial del tema 18, y es todo lo que dicen las bases. Lo que no dicen —y es lo que decide el resultado— es qué conceptos se preguntan de verdad y dónde están las trampas.
Lo que hay que dominar
- Las obligaciones de tenencia responsable y el registro censal.
- El régimen de los perros potencialmente peligrosos: licencia, seguro y medidas.
- La circulación de animales por la vía pública y los espacios de uso.
- Las infracciones y sanciones, con especial atención al maltrato.
- La retirada y el comiso de animales.
Trabaja siempre con el texto consolidado vigente, no con la reproducción de un manual. En «ordenanza de protección y tenencia de animales» ese matiz decide respuestas: una redacción anterior puede dar por buena una alternativa que hoy es incorrecta.
Las trampas frecuentes
- Confundir el régimen general de tenencia con el específico de los perros potencialmente peligrosos.
- Olvidar la conexión con los delitos de maltrato animal del Código Penal, tema 31.
- Aplicar normativa estatal o autonómica donde rige la ordenanza municipal.
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasEstas confusiones no son casuales: son el material con el que se construyen los distractores del tema 18. Con cuatro alternativas y una sola correcta, basta con que dos conceptos próximos se parezcan para que la pregunta discrimine.
Cómo se pregunta en el examen
Este tema se pregunta con escenas de calle. El enunciado describe un perro sin correa, un animal abandonado en un piso, una jaula en malas condiciones en un puesto de venta, y las alternativas obligan a decidir una sola cosa: si eso es una infracción administrativa de la ordenanza o un delito. Es la frontera que discrimina, y es la que se ha movido hace poco.
Porque en 2023 el bloque penal de esta materia se reescribió entero. La Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, introdujo en el Código Penal un título XVI bis, «De los delitos contra los animales», y derogó los artículos 337 y 337 bis, que eran los que todo el mundo citaba. Cualquier alternativa que resuelva un maltrato con el artículo 337 está anclada en la redacción anterior: es el distractor más rentable de esta página y el más fácil de detectar si has leído la reforma una sola vez.
La segunda trampa es de capas. Sobre el mismo perro hay una ordenanza municipal, un texto refundido autonómico —el Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, de protección de los animales— y una ley estatal de 2023. Los enunciados las presentan como alternativas y no lo son: la municipal regula el censo, la tenencia en la ciudad y el uso de los espacios, y las otras dos ponen el marco. Y la tercera trampa es la de los perros potencialmente peligrosos, que tiene régimen propio y no se resuelve con las reglas generales de tenencia.
Los datos que caen literalmente
La capa penal y la estatal están verificadas en los textos consolidados del BOE. De la ordenanza municipal no damos numeración: el texto no se ha podido leer en la fuente oficial desde aquí.
| Dato | Dónde está | Por qué cae |
|---|---|---|
| Título XVI bis, «De los delitos contra los animales» | Código Penal, introducido por la LO 3/2023, de 28 de marzo | Cambia la respuesta de todo el bloque penal |
| Maltrato con lesión que requiere tratamiento veterinario | Código Penal, artículo 340 bis | Ocupa el lugar del antiguo 337 |
| Abandono de animales | Código Penal, artículo 340 ter | Ocupa el lugar del antiguo 337 bis |
| Responsabilidad penal de las personas jurídicas | Código Penal, artículo 340 quater | Aparece en supuestos de venta y cría |
| Medidas cautelares sobre la titularidad y el cuidado del animal | Código Penal, artículo 340 quinquies | Es la consecuencia operativa inmediata |
| Derogación expresa de los artículos 337 y 337 bis | LO 3/2023 | El distractor más frecuente del tema |
| Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor el 29 de septiembre de 2023 | BOE | Capa estatal administrativa |
| Perros, gatos y hurones son animales de compañía | Ley 7/2023 | Definición que arrastra todo el régimen |
| Texto refundido de la Ley de protección de los animales | Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril | Capa autonómica |
| Censo, identificación, circulación y venta en la ciudad | Ordenanza municipal | Núcleo de las preguntas de Barcelona |
Hay un punto que no podemos cerrar y que preferimos decir: si la Ley 50/1999, sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos, sigue vigente después de la ley de 2023. La extracción de la disposición derogatoria de la Ley 7/2023 se truncó y no la hemos podido leer, y el texto consolidado de la Ley 50/1999 que sí hemos leído no lleva ninguna nota de derogación. Con eso no se puede afirmar nada, y por tanto no lo afirmamos: compruébalo tú en el BOE antes de estudiar esa capa.
Cómo estudiarlo
- Parte del enunciado oficial del anexo II y localiza la norma que lo desarrolla.
- Léela una vez sin subrayar, para tener el mapa.
- Construye un esquema propio con clasificaciones, plazos, órganos y competencias.
- Cierra el material y escribe lo que recuerdes. Comprueba.
- Haz un test específico de este tema y registra los errores.
- Vuelve en dos días, en una semana y en tres.
La frontera con los temas vecinos
La frontera decisiva es con el tema 31, el de los delitos del Código Penal de interés policial. Es vertical: por debajo de un umbral la conducta es infracción administrativa y por encima es delito, y el umbral lo fija el Código Penal, no la ordenanza. La consecuencia para el orden de estudio es concreta y poca gente la sigue: el título XVI bis es corto y reciente, y leerlo antes de entrar en la ordenanza cuesta una tarde y ahorra fallar todas las preguntas de frontera.
Hacia los temas 14 y 15 la frontera es de objeto, como en todo el bloque de ordenanzas: los ladridos nocturnos son convivencia, el acceso de animales a un parque o a una zona de esparcimiento es uso del espacio público, y el censo, la identificación y las condiciones de tenencia son este tema. El mapa completo está en el temario.
Cómo saber si lo dominas
Comprobación: coge cinco intervenciones y clasifícalas en tres columnas —ordenanza municipal, norma autonómica, Código Penal— y, para las que caigan en la tercera, di el artículo. Si escribes 337 en alguna, todavía estás estudiando con material anterior a 2023.
Y ese es exactamente el error de método del tema: la materia de animales es la que tiene más material desactualizado en circulación de todo el bloque, porque la reforma es de 2023 y muchos resúmenes no se han rehecho. Contrástalo con tandas que mezclen el 18 con el 31 en los tests.
Su lugar en el temario
El temario tiene 38 temas y el 18 ocupa la posición 18. Su bloque, ordenanzas municipales, comprende los temas 13 a 19, y conviene abordarlo con visión de conjunto antes de entrar tema a tema. La estructura completa está en el temario.
Preguntas frecuentes
¿Qué entra en el tema 18 de la Guardia Urbana?
Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales. Corresponde al anexo II de las bases de la convocatoria.
¿Cuánto pesa el temario en el examen?
La primera prueba combina preguntas del temario del anexo II con cultura general y actualidad, y la parte de temario es la mayor de las tres. Las bases fijan su composición, pero no publican ningún reparto tema a tema, y por eso esta página no da ninguno.
¿El maltrato de animales es delito o infracción administrativa?
Los dos regímenes conviven y el umbral lo fija el Código Penal. Desde la Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, el Código Penal tiene un título XVI bis, «De los delitos contra los animales», con los artículos 340 bis —maltrato—, 340 ter —abandono—, 340 quater y 340 quinquies, y los antiguos artículos 337 y 337 bis quedaron derogados. Por debajo de ese umbral, la conducta se trata por la vía administrativa de la ordenanza municipal y de la normativa autonómica y estatal.
Contenido relacionado
Fuentes oficiales
- Ayuntamiento de Barcelona — Procesos selectivos, Guardia Urbana
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona — convocatoria GUB 2025
- Instituto de Seguridad Pública de Cataluña
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasGUBTest es una herramienta independiente de preparación y no está vinculada ni avalada por la Guardia Urbana de Barcelona, por el Ayuntamiento de Barcelona ni por ningún organismo oficial. La información vinculante es siempre la publicada en las bases de la convocatoria.