Tema 31: Delitos del Código Penal de interés policial
Es el tema más extenso del temario, con diferencia, y el que más conviene fraccionar. No lo abordes de una sola vez: divídelo por títulos y trabájalo en varias sesiones.
Última actualización: 8 de agosto de 2026
Datos clave
| Número | Tema 31 de 38 |
|---|---|
| Bloque | Procedimiento penal y derechos |
| Fuente | Anexo II de las bases |
| Peso en la prueba | Primera prueba, parte de temario |
El tema 31 es uno de los 38 del programa oficial que figura en el anexo II de las bases. Se encuadra en lo que hemos agrupado como procedimiento penal y derechos, que comprende los temas 28 a 33.
Qué entra en este tema
Ley Orgánica 10/1995, libro II. Lesiones. Delitos contra la libertad. Torturas e integridad moral. Libertad e indemnidad sexuales. Recursos naturales y medio ambiente. Flora, fauna y animales domésticos. Salud pública. Seguridad vial. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Omisión del deber de impedir delitos. Delitos de funcionarios contra las garantías constitucionales. Violencia de género y delitos de odio.
Este es el enunciado oficial del tema 31, y es todo lo que dicen las bases. Lo que no dicen —y es lo que decide el resultado— es qué conceptos se preguntan de verdad y dónde están las trampas.
Lo que hay que dominar
- Los tipos de lesiones según el resultado y los medios empleados.
- Los delitos contra la seguridad vial, de gran aplicación para la policía local.
- Los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, que enlazan con el tema 18.
- Los delitos de funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
- La violencia de género y los delitos de odio en el ordenamiento jurídico.
Trabaja siempre con el texto consolidado vigente, no con la reproducción de un manual. En «delitos del código penal de interés policial» ese matiz decide respuestas: una redacción anterior puede dar por buena una alternativa que hoy es incorrecta.
Las trampas frecuentes
- Calificar como delito lo que es infracción administrativa, y al revés.
- Olvidar el elemento motivacional de los delitos de odio.
- Confundir la omisión del deber de impedir delitos con la omisión del deber de socorro.
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasEstas confusiones no son casuales: son el material con el que se construyen los distractores del tema 31. Con cuatro alternativas y una sola correcta, basta con que dos conceptos próximos se parezcan para que la pregunta discrimine.
Cómo se pregunta en el examen
Es el tema más extenso del temario y, aun así, las preguntas se concentran en dos sitios: donde el Código Penal pone cifras y donde hay frontera con el derecho administrativo. Saberlo permite decidir qué se lee a fondo y qué basta con reconocer.
La trampa dominante es la de la frontera. Una misma conducta puede ser infracción administrativa o delito, y el umbral lo fija el Código Penal, no la norma de tráfico ni la ordenanza. El enunciado describe una escena cotidiana —una velocidad, una tasa de alcohol, un maltrato a un animal, un altercado— y las alternativas ofrecen las dos calificaciones. Quien no tiene el umbral decide por intuición, y la intuición aquí falla.
La segunda trampa es de cifras, y es donde el tema se gana. El artículo 379 fija el delito por exceso de velocidad en sesenta kilómetros por hora sobre el límite en vía urbana y ochenta en interurbana, y el de alcohol en una tasa superior a 0,60 miligramos por litro en aire espirado o superior a 1,2 gramos por litro en sangre. Los distractores intercambian la vía urbana con la interurbana o las dos tasas entre sí. Y la tercera trampa es el artículo 384: da tres supuestos —pérdida total de puntos, privación cautelar o definitiva por decisión judicial y no haber obtenido nunca el permiso— y el distractor añade un cuarto que suena bien y no lo es, el permiso caducado.
Los datos que caen literalmente
Estos datos están verificados en el BOE.
| Dato | Dónde está | Por qué cae |
|---|---|---|
| Exceso de sesenta kilómetros por hora en vía urbana y ochenta en interurbana | Artículo 379.1 | Dos cifras que se intercambian |
| Tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o a 1,2 g/l en sangre | Artículo 379.2 | Las cifras más preguntadas del bloque |
| Temeridad manifiesta con peligro concreto para la vida o la integridad | Artículo 380 | Se confunde con el anterior |
| Manifiesto desprecio por la vida de los demás | Artículo 381 | Tercer escalón de la misma escala |
| Negativa a someterse a las pruebas de comprobación | Artículo 383 | Es delito autónomo |
| Conducir sin permiso: pérdida total de puntos, privación judicial o no haberlo obtenido nunca | Artículo 384 | Tres supuestos, y el distractor añade uno |
| Crear un riesgo grave para la circulación | Artículo 385 | Cierra el capítulo y se estudia poco |
| Delitos contra los animales, en el título XVI bis | Código Penal, trabajado en el tema 18 | La misma frontera, en otra materia |
La tabla concentra lo que este tema aporta de manera literal. Los demás bloques se preguntan por conceptos y elementos del tipo, no por números.
Cómo estudiarlo
- Parte del enunciado oficial del anexo II y localiza la norma que lo desarrolla.
- Léela una vez sin subrayar, para tener el mapa.
- Construye un esquema propio con clasificaciones, plazos, órganos y competencias.
- Cierra el material y escribe lo que recuerdes. Comprueba.
- Haz un test específico de este tema y registra los errores.
- Vuelve en dos días, en una semana y en tres.
La frontera con los temas vecinos
Con los temas 34 y 36 la frontera es vertical y es la que decide más preguntas: el mismo hecho puede acabar en denuncia administrativa o en atestado, y lo que separa las dos cosas es una cifra del Código Penal. La consecuencia para el orden de estudio es que el bloque de seguridad vial de este tema no debe estudiarse aquí, sino el mismo día que el 34 y el 36. Con el tema 18 pasa igual con los animales, y con el 28 la relación es de continuación.
Esta es también la razón por la que el 31 no puede dejarse para el final. Si lo fraccionas por títulos y cuelgas cada trozo del tema administrativo que le corresponde, deja de ser el tema más largo y pasa a ser cinco añadidos cortos. El mapa completo está en el temario.
Cómo saber si lo dominas
Comprobación: coge cinco conductas reales y di, para cada una, si es delito o infracción administrativa y, si es delito, qué artículo lo dice. Después recita las cuatro cifras del artículo 379 y los tres supuestos del 384. Si las cifras te salen aproximadas, no las tienes: esas preguntas se responden o no se responden.
El error de método es leerlo de arriba abajo una sola vez. Con un tema así siempre habrá preguntas que no sepas; como las respuestas erróneas descuentan una cuarta parte del valor de una correcta, contestarlas igualmente sale a cuenta y dejarlas en blanco no. Trabájalo con tandas que mezclen el 31 con el 34 y el 36 en los tests.
Su lugar en el temario
El temario tiene 38 temas y el 31 ocupa la posición 31. Su bloque, procedimiento penal y derechos, comprende los temas 28 a 33, y conviene abordarlo con visión de conjunto antes de entrar tema a tema. La estructura completa está en el temario.
Preguntas frecuentes
¿Qué entra en el tema 31 de la Guardia Urbana?
Ley Orgánica 10/1995, libro II. Lesiones. Delitos contra la libertad. Torturas e integridad moral. Libertad e indemnidad sexuales. Recursos naturales y medio ambiente. Flora, fauna y animales domésticos. Salud pública. Seguridad vial. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Omisión del deber de impedir delitos. Delitos de funcionarios contra las garantías constitucionales. Violencia de género y delitos de odio. Corresponde al anexo II de las bases de la convocatoria.
¿Cuánto pesa el temario en el examen?
La primera prueba combina preguntas del temario del anexo II con cultura general y actualidad, y la parte de temario es la mayor de las tres. Las bases fijan su composición, pero no publican ningún reparto tema a tema, y por eso esta página no da ninguno.
¿Qué cifras caen literalmente del bloque de seguridad vial?
Cuatro, y todas están en el artículo 379 del Código Penal. Se considera delito conducir con un exceso de sesenta kilómetros por hora sobre el límite permitido en vía urbana o de ochenta en vía interurbana, y hacerlo con una tasa de alcohol superior a 0,60 miligramos por litro en aire espirado o superior a 1,2 gramos por litro en sangre. En el artículo 384 hay un quinto dato que también cae literal: los tres supuestos de conducción sin permiso.
Contenido relacionado
Fuentes oficiales
- Ayuntamiento de Barcelona — Procesos selectivos, Guardia Urbana
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona — convocatoria GUB 2025
- Instituto de Seguridad Pública de Cataluña
Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.
Practicar por temasGUBTest es una herramienta independiente de preparación y no está vinculada ni avalada por la Guardia Urbana de Barcelona, por el Ayuntamiento de Barcelona ni por ningún organismo oficial. La información vinculante es siempre la publicada en las bases de la convocatoria.