Tema 3: Bases del Régimen Local

Da la estructura general del mundo local. Estudiarlo antes de los temas 9 y 10 evita tener que rehacer el mapa cuando aparecen las especialidades de Barcelona.

Última actualización: 8 de agosto de 2026

Datos clave

NúmeroTema 3 de 38
BloqueRégimen jurídico y función pública
FuenteAnexo II de las bases
Peso en la pruebaPrimera prueba, parte de temario

El tema 3 es uno de los 38 del programa oficial que figura en el anexo II de las bases. Se encuadra en lo que hemos agrupado como régimen jurídico y función pública, que comprende los temas 3 a 8.

Qué entra en este tema

Ley 7/1985. Título II, el municipio. Título V, disposiciones comunes a las entidades locales. Título VII, personal al servicio de las entidades locales.

Este es el enunciado oficial del tema 3, y es todo lo que dicen las bases. Lo que no dicen —y es lo que decide el resultado— es qué conceptos se preguntan de verdad y dónde están las trampas.

Lo que hay que dominar

Trabaja siempre con el texto consolidado vigente, no con la reproducción de un manual. En «bases del régimen local» ese matiz decide respuestas: una redacción anterior puede dar por buena una alternativa que hoy es incorrecta.

Las trampas frecuentes

Convierte el temario en preguntas

Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.

Practicar por temas

Estas confusiones no son casuales: son el material con el que se construyen los distractores del tema 3. Con cuatro alternativas y una sola correcta, basta con que dos conceptos próximos se parezcan para que la pregunta discrimine.

Cómo se pregunta en el examen

Aquí los enunciados dejan de pedir ubicaciones y empiezan a pedir atribuciones: qué órgano aprueba qué, qué órgano es necesario y cuál complementario, qué servicios debe prestar un municipio según su población. Es el primer tema del temario que se pregunta con casos, aunque sean mínimos.

El enunciado oficial acota tres títulos y conviene leerlos como tres bloques separados. El título II es el municipio: territorio y población, artículos 12 a 18; organización, artículos 19 a 24 bis; competencias, artículos 25 a 28; regímenes especiales, artículos 29 y 30. El título V son las disposiciones comunes a las entidades locales: régimen de funcionamiento, artículos 46 a 54; relaciones interadministrativas, artículos 55 a 62; impugnación de actos y acuerdos, artículos 63 a 68; información y participación ciudadanas, artículos 69 a 72; estatuto de los miembros de las corporaciones locales, artículos 73 a 78. El título VII es el personal al servicio de las entidades locales, artículos 89 a 104 bis.

La trampa propia del tema es de dos tipos. La primera, mover una atribución del pleno a la alcaldía o al revés: los distractores se construyen siempre con el órgano vecino, nunca con un órgano absurdo. La segunda, confundir las dos listas que conviven dentro del capítulo de competencias: la de competencias propias del municipio y la de servicios obligatorios según tramos de población no son lo mismo y se preguntan como si lo fueran.

Los datos que caen literalmente

Datos y ubicaciones verificados en el texto consolidado de la Ley 7/1985 que publica el BOE.

DatoDónde estáPor qué cae
Potestades reglamentaria y de autoorganizaciónArtículo 4.1.aEncabeza la lista de potestades
Potestades tributaria y financieraArtículo 4.1.bSe confunde con la de programación
Potestades expropiatoria y de recuperación de oficio de los bienesArtículo 4.1.dEnunciado largo, distractor fácil
Presunción de legitimidad y ejecutividad de los actosArtículo 4.1.eEnlaza con el tema 5
Potestades de ejecución forzosa y sancionadoraArtículo 4.1.fEs la base de la actividad de denuncia
Organización del municipioTítulo II, capítulo II, artículos 19 a 24 bisÓrganos necesarios y complementarios
Régimen de funcionamiento de las entidades localesTítulo V, capítulo I, artículos 46 a 54Sesiones, quórums y mayorías
Personal al servicio de las entidades localesTítulo VII, artículos 89 a 104 bisSe solapa con el tema 6

La lista de potestades del artículo 4.1 tiene ocho letras y se pregunta por omisión: la alternativa falsa elimina una o añade una que no está. Vale la pena aprenderla entera y en orden, porque es una de las pocas enumeraciones cortas y cerradas del bloque.

Cómo estudiarlo

  1. Parte del enunciado oficial del anexo II y localiza la norma que lo desarrolla.
  2. Léela una vez sin subrayar, para tener el mapa.
  3. Construye un esquema propio con clasificaciones, plazos, órganos y competencias.
  4. Cierra el material y escribe lo que recuerdes. Comprueba.
  5. Haz un test específico de este tema y registra los errores.
  6. Vuelve en dos días, en una semana y en tres.

La frontera con los temas vecinos

Este tema da el régimen común, y Barcelona no se rige solo por el régimen común. La Carta Municipal, el tema 9, añade una organización propia, y lo que parece contradicción en un test suele ser simplemente que la pregunta se refiere a la especialidad y no a la regla general. Con el tema 6 el solapamiento es explícito: el título VII de la ley de bases y el Estatuto básico del empleado público hablan del mismo personal desde dos ángulos distintos.

El orden eficiente es hacer el 3 antes que el 9 y antes que el 6. Si empiezas por la especialidad de Barcelona, tendrás que rehacer el mapa cuando llegue el régimen general; si empiezas por el régimen general, la especialidad se aprende como una lista corta de diferencias. El orden completo del programa está en el temario.

Cómo saber si lo dominas

La prueba es esta: dibuja una tabla de dos columnas, pleno y alcaldía, y coloca en ella diez atribuciones de memoria. Después contrástalas con el texto. Los temas de régimen local se dominan cuando la tabla sale entera y sin dudas, no cuando te suena haberla leído.

El error de método aquí es memorizar listas de competencias sin el órgano al lado. Una lista sin titular es inútil para responder, porque la pregunta nunca te pide «qué competencias hay», sino «de quién es esta». Estudia siempre en parejas órgano-competencia y verifícalo con tandas cortas en los tests.

Su lugar en el temario

El temario tiene 38 temas y el 3 ocupa la posición 3. Su bloque, régimen jurídico y función pública, comprende los temas 3 a 8, y conviene abordarlo con visión de conjunto antes de entrar tema a tema. La estructura completa está en el temario.

El enunciado oficial de este tema procede del anexo II de las bases de la convocatoria GUB 2025 del Ayuntamiento de Barcelona. Verifica siempre la vigencia de la normativa citada antes de estudiarla.

Preguntas frecuentes

¿Qué entra en el tema 3 de la Guardia Urbana?

Ley 7/1985. Título II, el municipio. Título V, disposiciones comunes a las entidades locales. Título VII, personal al servicio de las entidades locales. Corresponde al anexo II de las bases de la convocatoria.

¿Cuánto pesa el temario en el examen?

La primera prueba combina preguntas del temario del anexo II con cultura general y actualidad, y la parte de temario es la mayor de las tres. Las bases fijan su composición, pero no publican ningún reparto tema a tema, y por eso esta página no da ninguno.

¿Hay que estudiar toda la Ley 7/1985 para el tema 3?

No. El enunciado del anexo II acota tres títulos: el II, el municipio; el V, disposiciones comunes a las entidades locales; y el VII, personal al servicio de las entidades locales. El resto de la ley no forma parte del enunciado de este tema.

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Fuentes oficiales

Convierte el temario en preguntas

Tests por tema sobre el programa del anexo II de las bases.

Practicar por temas

GUBTest es una herramienta independiente de preparación y no está vinculada ni avalada por la Guardia Urbana de Barcelona, por el Ayuntamiento de Barcelona ni por ningún organismo oficial. La información vinculante es siempre la publicada en las bases de la convocatoria.